Generador de carta de renuncia

Rellena tus datos y obtén tu carta de renuncia laboral con el formato que se usa en el Perú: preaviso de 30 días o exoneración del plazo, con el recuadro de cargo para que te sellen la recepción. Descarga en PDF o Word, gratis y sin registro.

1. Tipo de renuncia

La más común: avisas con 30 días de anticipación, tal como pide la ley. Trabajas ese mes y cobras normalmente.

2. Tus datos

Con preaviso: 30 días después de entregarla.

3. Empresa y destinatario

4. La carta

No estás obligado a explicar nada. Si lo dejas vacío, la carta usa una fórmula general.

Se redacta automáticamente con tus datos. Si lo editas, deja de actualizarse solo.

5. Formato del documento

Vista previa · A4 1 página

🔒 100 % privado: tu carta se arma dentro de tu navegador. Tu DNI y tus datos no se suben a ningún servidor ni los ve nadie más.

Tu carta de renuncia en 3 pasos

  1. 1

    Elige el tipo

    Con preaviso de 30 días, pidiendo la exoneración del plazo, con fecha ya acordada, o por motivos de salud o personales. El texto legal se adapta solo.

  2. 2

    Pon tus datos

    Nombre, DNI, cargo, fecha de ingreso y tu último día de trabajo. La carta se redacta sola mientras escribes y puedes retocarla a tu gusto.

  3. 3

    Imprime dos copias

    Entrega una y guarda la otra con el sello de recepción. La carta ya trae el recuadro de cargo para que te lo firmen.

Carta de renuncia en el Perú: lo que dice la ley y lo que conviene hacer

Renunciar es un derecho y no necesita permiso de nadie, pero sí tiene forma y plazo. La regla está en el artículo 18 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 728, aprobado por el Decreto Supremo N.° 003-97-TR: el trabajador debe dar aviso escrito con 30 días de anticipación. Ese es el famoso «mes de preaviso», y sirve para que la empresa organice el reemplazo.

Los 30 días y cómo saltárselos legalmente

El mismo artículo permite pedir la exoneración del plazo de preaviso. Si lo solicitas en la carta y la empresa no te responde por escrito dentro del tercer día, la solicitud se entiende aceptada y puedes dejar de asistir en la fecha que indicaste. El empleador también puede exonerarte por iniciativa propia. Ojo con el detalle práctico: el plazo empieza a correr desde que la empresa recibe la carta, no desde que la firmas, por eso el cargo sellado con fecha es tan importante.

Qué te corresponde cobrar

Al renunciar mantienes tu liquidación de beneficios sociales: CTS, vacaciones truncas, gratificación trunca y los días trabajados del mes, además del certificado de trabajo. Lo que no te corresponde es la indemnización por despido arbitrario, porque la salida es tu decisión. Si renuncias porque la empresa te hizo la vida imposible, eso es otra figura distinta (hostilidad laboral) y conviene consultarlo antes de firmar nada.

Qué NO poner en la carta

Reclamos, quejas sobre jefes o compañeros, sueldos pendientes, ironías o despedidas emocionales. La carta se archiva en tu file y puede pedirla tu próximo empleador. «Por motivos personales» es una razón completa y suficiente: la ley no te obliga a explicar nada. Si tienes deudas o reclamos con la empresa, se tramitan por separado, no dentro de la renuncia.

Cómo entregarla para que no te la discutan

  • Dos copias impresas. Entregas una y en la otra te firman y sellan la recepción con fecha. Esa copia es tu prueba.
  • Correo electrónico institucional a Recursos Humanos, pidiendo confirmación de recepción, si el trato es a distancia.
  • Carta notarial, solo si la relación está tensa y quieres una constancia difícil de negar.

Esta guía es informativa y no sustituye asesoría legal. Ante un caso complicado —hostilidad, presión para renunciar, acuerdos de salida— conviene consultar con un abogado laboralista o acudir al Ministerio de Trabajo.

Modelos de carta de renuncia

Pulsa en uno y el formulario se rellena con el modelo completo. Después cambia los datos por los tuyos.

Renuncia con preaviso de 30 días

El modelo estándar: un analista comunica su salida con un mes de anticipación y pide su liquidación y certificado de trabajo.

Renuncia con exoneración del plazo

Para salir antes: se solicita la exoneración de los 30 días invocando el artículo 18, con la regla del silencio a los 3 días.

Renuncia por motivos de salud

Menciona la salud como motivo sin detallar diagnósticos, manteniendo el tono formal y el preaviso.

Renuncia por motivos personales

La versión más discreta y la más recomendable cuando prefieres no explicar nada.

Preguntas frecuentes sobre la renuncia laboral

¿Con cuánta anticipación debo presentarla?

Con 30 días, según el artículo 18 del TUO del Decreto Legislativo N.° 728 (D.S. N.° 003-97-TR). El plazo corre desde que la empresa recibe la carta, así que guarda siempre el cargo con la fecha sellada.

¿Puedo salir antes de los 30 días?

Sí. Pide en la misma carta la exoneración del plazo de preaviso. Si la empresa no la rechaza por escrito dentro del tercer día, se entiende aceptada y puedes cesar en la fecha que indicaste. La opción «Exoneración del plazo» de esta herramienta ya redacta ese párrafo por ti.

¿Tengo que explicar por qué renuncio?

No. La ley no te obliga a dar motivos y «por motivos personales» es una razón completa. Recuerda que la carta se archiva y puede leerla gente que hoy no imaginas: cuanto más sobria, mejor.

¿Qué me deben pagar si renuncio?

Tu liquidación de beneficios sociales: CTS, vacaciones truncas, gratificación trunca y los días trabajados, más el certificado de trabajo. No corresponde indemnización por despido arbitrario, porque la salida es voluntaria.

¿Cómo la entrego y por qué importa el cargo?

Imprime dos copias: una la entregas y en la otra te firman y sellan la recepción con fecha. Ese «cargo» prueba cuándo empezó a correr el plazo y evita discusiones sobre si avisaste o no. La carta que genera esta herramienta ya incluye ese recuadro al pie.

¿Vale renunciar por WhatsApp, verbalmente o por correo?

La ley pide aviso escrito. El correo electrónico con confirmación de recepción funciona; un WhatsApp o un aviso verbal te dejan sin prueba sólida de la fecha y del contenido. Si puedes, entrega en físico con cargo.

¿Puedo arrepentirme después de entregarla?

Puedes pedir por escrito que se deje sin efecto mientras la empresa aún no la haya aceptado. Una vez aceptada, depende de que el empleador quiera mantenerte. Preséntala solo cuando la decisión sea firme.

¿Necesita firma legalizada ante notario?

No es obligatorio: basta tu firma y tu DNI. La vía notarial se usa solo cuando quieres una prueba de entrega especialmente sólida.

¿Y si me están presionando para renunciar?

Una renuncia forzada no es una renuncia libre, y firmarla puede costarte derechos. Antes de firmar nada, consulta con un abogado laboralista o acércate al Ministerio de Trabajo. Esta página es una herramienta de redacción, no asesoría legal.

Más herramientas de FormatosPerú

Generador de oficios

Oficios simples, múltiples, de invitación, solicitud o agradecimiento, con el formato oficial peruano y descarga en PDF y Word.

Abrir herramienta

Vamos añadiendo herramientas nuevas: solicitudes, contratos y currículums con formato peruano.

Tu descarga ya ha comenzado ✅